Certificado de Supervivencia

¿En que consiste?

Este certificado permite, además de poder acceder al cobro normal de los haberes, mantener actualizados los datos personales tales como domicilio y teléfono, los cuales son de vital importancia a los efectos de mantener contacto con cada uno de los beneficiarios.

¿Cuándo es necesario realizarlo?

La presentación del Certificado de Supervivencia debe ser anual. Tienen tiempo desde enero del año en curso hasta septiembre del mismo. –

¿Quiénes pueden o deben efectuar el trámite?

Aquellos jubilados y/o pensionados que perciben el salario familiar por cónyuge, y/o aquellos a los cuales se les abona anualmente el subsidio de pasaje anual por cónyuge/concubino/a, también deberán presentar este certificado (en nombre de este último).

Disposición Nº 038 / 19 (Certificado Supervivencia)